jueves, 19 de noviembre de 2020

Curso de Cierre Contable y Fiscal 15 y 16 de diciembre. Webinar online

 

Campaña diseñada y enviada por Matrix Data para ESIFF
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Curso de Cierre Contable y Fiscal.
Infórmate: 91 327 37 50 (L-V de 9 a 14h)


Buenos días,

Le informo del Curso de Cierre Contable y Fiscal, que se impartirá el 15 y 16 de diciembre (9:00 a 14:00h.) (10 horas + aula virtual) (100% bonificable), que puede seguir en directo por internet vía webinar online (videoconferencia interactiva) o posteriormente grabado.

Una visión práctica de los procesos que se deben seguir para calcular el resultado contable de una sociedad y determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades realizando los correspondientes ajustes contables y extracontables. Con las últimas novedades contables y del Impuesto sobre Sociedades, aborda con enfoque práctico las normas de mayor interés que se deben aplicar.

Le adjunto enlace al temario y al boletín de inscripción, por si fuera de su interés:

Temario: Click Aquí

Boletín de inscripción: Click Aquí

Principalmente analizaremos, centrándonos en las novedades y la práctica:
• El cierre contable. Regularización, periodificación y ajustes.
• Elaboración de estados financieros.
• El cierre fiscal.

Este curso es 100% bonificable y podemos realizar la documentación para su bonificación sin coste adicional.
Puede consultar otros cursos programados en la siguiente página: Click Aquí

Agradeciéndole su atención, quedo a su disposición por si tiene cualquier duda o consulta.

Eva Hernando
Departamento de Admisiones
ESIFF – Escuela Internacional de Finanzas

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Queda poco para terminar 2019 pero los contribuyentes todavía están a tiempo para ahorrarse algún impuesto en la Renta. Concretamente, los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) calculan que el ahorro puede ser de hasta 4.300 euros de media.r />br /> Eso sí, desde Gestha advierten de que "las ventajas fiscales benefician, sobre todo, a los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonios". Así, mientras que las personas con rendimientos anuales inferiores a los 21.000 euros podrán abaratar su factura en unos 1.600 euros, este ahorro escalaría hasta los casi 60.000 euros para quienes perciben ingresos superiores a los 600.000 euros al año.

1.- Aportar hasta 8.000 euros al plan de pensiones
Gestha asegura que "en los últimos meses del año conviene hacer aportaciones a los planes de pensiones o a los planes de previsión asegurados, aunque la cantidad límite se redujo desde los 10.000 hasta los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad".

Asimismo, recuerdan que también reducen la base imponible las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge realizadas por el contribuyente cuando aquél perciba rendimientos del trabajo o actividades económicas inferiores a 8.000 euros. En este caso, el límite de la aportación pasó tras la reforma de 2.000 euros a 2.500 euros.

En cualquier caso, "la ventaja fiscal de los Planes de Pensiones se refleja en la base general del impuesto, no en la del ahorro", dicen.

2.- Aplicar la deducción por compra de vivienda
Los Técnicos de Hacienda destacan también que aquellos que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.

3.- Neutralizar la tributación de las ganancias por la venta de una vivienda habitual
Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el 23%, en las Diputaciones del País Vasco entre el 20% y el 25%, y en Navarra entre el 20% y el 26%. "No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago"

4.- Atención, mayores de 65 años
"Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por los contribuyentes mayores de 65 años o por personas dependientes severos o de grandes dependientes", recuerdan. En Navarra se condiciona la exención de la ganancia a que su disposición sirva para asistir las necesidades económicas de la vejez y de la dependencia, y en País Vasco se limita solo a los mayores de 65 años por los primeros 400.000 euros de ganancia. Y en estos últimos territorios forales para una única trasmisión.

5.- Compensar las pérdidas con ganancias
Ser inversor en bolsa no sólo puede traer ganancias, sino también minusvalías. Por eso, Gestha avisa de que el final de año es un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. "Aquí es importante recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta", subrayan.

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